Sentencia N° 236 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de abril de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 236, Exp. C22-104, 13/04/2026
ExpedienteC22-104
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-04-13
DecisiónDesestima por manifiestamente infundados los recursos de casación.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima los recursos de casación interpuestos por los defensores de varios ciudadanos condenados por delitos de peculado, concierto de funcionario con contratista y asociación. La decisión se basa en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la admisión de los recursos. Se concluye que los argumentos presentados por la defensa carecen de la técnica recursiva adecuada y no logran demostrar la infracción de las normas alegadas.
Extracto de la motiva
Motivado a que exponen a la filial petrolera a una posible situación de índole penal por incumplimiento de los diferentes contratos que estos han suscrito, cabe destacar que CITGO es la principal empresa refinadora de petróleo y comercializadora de gasolina, lubricantes y petroquímicos en los Estados Unidos, siendo la mayor filial de la estatal PDVSA, representando un pilar fundamental para la economía del país. Igualmente, es de hacer notar que la empresa MANGORÉ SARL intermediaria en la negoción, posee entre sus directivos al ciudadano JUAN ZAVALIA PAUNERO, quien se encuentra vinculado a los Panamá Papers, así como también al venezolano JUAN CARLOS GUDIÑO ESPINEL, C.I V.-9.968.784, resaltando que como mediadores obtienen un crédito de 1,5% calculado sobre el monto total de la financiación de la transacción, presumiéndose la existencia de un nexo ente la alta gerencia y esta sociedad, con el propósito de ocasionar un desfalco a la caja financiera de PDVSA (…)
Dispositiva
Desestima por manifiestamente infundados los recursos de casación ejercidos: i) el 25 de febrero de 2022, ii) el 4 de marzo de 2022, iii) el 4 de marzo de 2022, y iv) el 7 de marzo de 2022, contra la sentencia dictada el 4 de febrero de 2022.