Sentencia N° 236 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de junio de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 236, Exp. R17-135, 16/06/2017
ExpedienteR17-135
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2017-06-16
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por el abogado Mario Alberto Quijada Rincón, defensor de los ciudadanos Luis Rafael Gutiérrez Morales y Jonathan Josep Gutiérrez Morales, acusados de femicidio agravado y otros delitos. La solicitud se fundamentó en la supuesta alarma y escándalo público generados por el caso, dado el perfil de la víctima, una abogada reconocida en la comunidad.
Extracto de la motiva
El Código Orgánico Procesal Penal, establece en su artículo 64, lo siguiente: Art. 64.- Radicación. Procederá la radicación a solicitud de las partes, en los siguientes casos: 1. Cuando se trate de delitos graves, cuya perpetración cause alarma, sensación o escándalo público. 2. Cuando por recusación, inhibición o excusa de los jueces o juezas titulares y de sus suplentes respectivos, el proceso se paralice indefinidamente, después de presentada la acusación por el o la fiscal. El Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de cualquiera de las partes, podrá ordenar, en auto razonado, que el juicio se radique en un Circuito Judicial Penal de otra Circunscripción Judicial que señalará. Dicha decisión deberá dictarla dentro de los diez días siguientes al recibo de la solicitud.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de radicación propuesta por el abogado Mario Alberto Quijada Rincón, defensor privado de los ciudadanos LUIS RAFAEL GUTIÉRREZ MORALES y JONATHAN JOSEP GUTIÉRREZ MORALES. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.