Sentencia N° 236 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de junio de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 236, Exp. C10-394, 09/06/2011
ExpedienteC10-394
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-06-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decidió declarar con lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado José Ángel Hurtado Martínez, representante de la víctima Fulvio Cantore Martina. La Sala anuló la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, que había declarado sin lugar los recursos de apelación interpuestos contra la absolución del acusado Hernaris Ramón Ron Monroy por los delitos de apropiación indebida calificada y supresión de documento. La Sala observó que la Corte de Apelaciones incurrió en un vicio de falta de resolución del recurso de apelación interpuesto por la representación de la víctima, al no atender adecuadamente las denuncias planteadas. Se destacó que la Corte de Apelaciones debe resolver cada una de las denuncias con claridad y no puede obviar los motivos que fundamentan su fallo. Finalmente, se ordenó a otra Sala de la Corte de Apelaciones que resuelva el recurso de apelación interpuesto en la presente causa, garantizando así el derecho a la tutela judicial efectiva de las partes involucradas.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por el abogado José Ángel Hurtado Martínez, representante de la víctima FULVIO CANTORE MARTINA, ANULA la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, de fecha 23 de agosto de 2010, y ORDENA a otra Sala resolver el Recurso de Apelación interpuesto en la presente causa seguida al ciudadano HERNARIS RON MONROY.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por el abogado José Ángel Hurtado Martínez, representante de la víctima FULVIO CANTORE MARTINA, ANULA la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, de fecha 23 de agosto de 2010, y ORDENA a otra Sala resolver el Recurso de Apelación interpuesto en la presente causa seguida al ciudadano HERNARIS RON MONROY.

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