Sentencia N° 234 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 234, Exp. A18-143, 06/08/2018
ExpedienteA18-143
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-08-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Luis Ernesto López Indriago, defensor privado de varios ciudadanos imputados en un proceso penal. La Sala argumenta que la solicitud no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ya que no se evidencian graves desórdenes procesales ni se ha agotado los recursos ordinarios disponibles para resolver la situación planteada. Además, se destaca que la defensa no ha demostrado que las irregularidades alegadas hayan sido reclamadas sin éxito en la instancia correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia debe declarar inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado Luis Ernesto López Indriago, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos HELYNAI ABIMELEC RONDÓN GONZÁLEZ, GREGORY ALEXANDER GUEVARA PÉREZ, ALEX CLEMENTE LINERO, ALEJANDRO ANTONIO ROMERO MORENO, JOSÉ ALEJANDRO JIMÉNEZ NÚÑEZ, LUIS FERNANDO TABARES RIVAS y YOHAN MANUEL PÉREZ CALDERA, respecto del asunto penal distinguido con el alfanumérico DP01-S-2018-000921, que cursa ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el abogado Luis Ernesto López Indriago, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos HELYNAI ABIMELEC RONDÓN GONZÁLEZ, GREGORY ALEXANDER GUEVARA PÉREZ, ALEX CLEMENTE LINERO, ALEJANDRO ANTONIO ROMERO MORENO, JOSÉ ALEJANDRO JIMÉNEZ NÚÑEZ, LUIS FERNANDO TABARES RIVAS y YOHAN MANUEL PÉREZ CALDERA, respecto del asunto penal distinguido con el alfanumérico DP01-S-2018-000921, que cursa ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en la causa que se les sigue por la presunta comisión e los delitos de “PECULADO DE USO PROPIO CONTINUADO, CONCUSIÓN CONTINUADA, ABUSO DE AUTORIDAD, SUSTRACCIÓN, ALTERACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO (…) PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD CONTINUADA y VIOLACIÓN DE DOMICILIO (…) ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR (…) USO INDEBIDO DE ARMA ORGÁNICA (…) DESVALIJAMIENTO (…) TRATO CRUEL (…) y PROSTITUCIÓN FORZADA”. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

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