Sentencia N° 231 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 231, Exp. C18-162, 06/08/2018
ExpedienteC18-162
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2018-08-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Rafael Santiago Díaz Ceballos, en calidad de penado, contra la decisión de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo. La decisión impugnada había declarado sin lugar un recurso de revisión relacionado con una condena por tráfico de sustancias estupefacientes.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal observa que el impugnante ha planteado su recurso de casación en los siguientes términos: '[R]ecurso de casación ante la Sala de casación (sic) Penal del Tribunal supremo (sic) de Justicia (TSJ) Con motivo de la extemporánea decisión recaída en autos de fecha 17/04/2018 Con (sic) violación flagrante de estrictas normas constitucionales...'. La Sala determina que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que no se trata de una decisión que resuelva un recurso de apelación, lo que impide su procedencia.

Dispositiva

Por todo lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación planteado por el abogado RAFAEL SANTIAGO DÍAZ CEBALLOS, actuando en nombre e interés propio, en calidad de penado en el asunto de autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 451 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisibletráfico de sustancias estupefacientesCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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