Sentencia N° 231 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de mayo de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 231, Exp. 07-0174, 16/05/2007
Expediente07-0174
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de interpretación presentado por los abogados Juan Cancio Garantón Nicolai y Juan Ernesto Garantón Hernández, quienes solicitaban aclarar el alcance del artículo 413 del Código Penal. La Sala determinó que no se acreditó la conexidad con un caso concreto que justificara la solicitud, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. La decisión se fundamenta en la falta de interés jurídico actual y legítimo de los recurrentes en relación con una situación jurídica específica.
Extracto de la motiva
La solicitud de interpretación del artículo 413 del Código Penal Venezolano, propuesta por los recurrentes, no señalan el caso concreto, sometido al conocimiento de un órgano jurisdiccional, con el cual guarde relación dicho recurso, es decir, los recurrentes no señalan el interés jurídico actual y legítimo con el cual recurren, toda vez que no basta con expresar que se interpone el recurso para que se aclaren si el hecho de que una persona sea lesionada para colocarle prótesis mamarias es o no un delito.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE INTERPRETACIÓN propuesto por los ciudadanos Abogados Juan Cancio Garantón Nicolai y Juan Ernesto Garantón Hernández.