Sentencia N° 230 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de junio de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 230, Exp. C16-118, 16/06/2016
ExpedienteC16-118
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-06-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Alexis Rafael Moreno López, defensor del acusado Gian Luis Lippa Preziosi, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure. La Corte había declarado inadmisible la recusación presentada contra la jueza Sara Haides Betancourt Gutiérrez, argumentando que la decisión era interlocutoria y no ponía fin al proceso ni hacía imposible su continuación. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece las sentencias que pueden ser impugnadas mediante recurso de casación. Se concluye que la recusación es una incidencia y no una decisión que permita el recurso de casación, por lo que se reafirma la inadmisibilidad del mismo. La Sala también advierte sobre la importancia de utilizar adecuadamente los recursos procesales, en cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes.

Extracto de la motiva

La Sala observa que se ejerció Recurso de Casación contra la decisión dictada, en fecha 13 de enero de 2016, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la recusación interpuesta por el abogado Alexis Rafael Moreno López, defensor privado del acusado GIAN LUIS LIPPA PREZIOSI, contra la abogada Sara Haides Betancourt Gutiérrez, Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del indicado Circuito Judicial. En definitiva, el fallo emitido por la referida Corte de Apelaciones es una decisión interlocutoria que resolvió una incidencia dentro del proceso, en este caso, una recusación.

Dispositiva

Por todas las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano abogado Alexis Rafael Moreno López, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 15.984, defensor privado del acusado GIAN LUIS LIPPA PREZIOSI, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en fecha 13 de enero de 2016, mediante la cual declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el abogado en mención contra la profesional del Derecho Sara Haides Betancourt Gutiérrez, Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, de conformidad con lo establecido en los artículos 451 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Palabras clave

recusacióninadmisibilidadrecurso de casaciónderecho penal

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