Sentencia N° 230 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de mayo de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 230, Exp. C07-0164, 16/05/2007
ExpedienteC07-0164
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-05-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, decidió desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Freddy Rodolfo Ovalles Aguilar, quien había sido condenado por el delito de robo de vehículo automotor. La defensa alegó violaciones al debido proceso y a la presunción de inocencia, argumentando que las pruebas presentadas eran insuficientes para determinar la culpabilidad del acusado. Sin embargo, la Sala concluyó que no se cumplían los requisitos legales para la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

La recurrente alega la violación de los artículos 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el 8 del Código Orgánico Procesal Penal, señalando para ello que: “…La violación de los artículos transcritos se materializó cuando el Juzgado N° 5 de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, condenó al ciudadano FREDDY RODOLFO OVALLES AGUILAR…”. Para fundamentar su denuncia, transcribe parte de los hechos establecidos por el sentenciador de Juicio, y expresa que: “…De estas consideraciones la recurrida condenó a el (sic) ciudadano FREDDY RODOLFO OVALLES AGUILAR, obviando de manera irrefutable lo expuesto y que consta en las actas del debate oral y público, por la víctima SULBARÁN MARÍN YORMAN JOSÉ, el cual de manera contundente indicó que jamás pudo observar las características físicas de quien lo robó y quien además declara que su compañero y los dos funcionarios actuantes efectivamente realizan una persecución pero que, para el momento en que se realiza la aprehensión se encontraban muy lejos sin poder observar la cara o características de su agresor…”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensora privada del acusado FREDDY RODOLFO OVALLES AGUILAR. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.

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