Sentencia N° 23 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de febrero de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 023, Exp. C12-408, 14/02/2013
ExpedienteC12-408
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-02-14
DecisiónDesestima por inadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por los defensores de la ciudadana Dayana Ramona Perdomo Sierra. La decisión de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, que había declarado con lugar el recurso de apelación y anulado el fallo recurrido, no era susceptible de casación, ya que no ponía fin al proceso ni hacía imposible su continuación. La Sala consideró que el recurso de casación no era procedente, dado que la decisión impugnada no se encontraba dentro de los supuestos establecidos en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, se desestimó el recurso por inadmisible, reafirmando la autoridad de la ley y el debido proceso en el ámbito penal. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, así como el correspondiente manejo del expediente, reafirmando el compromiso del Tribunal Supremo de Justicia con la administración de justicia en Venezuela.

Extracto de la motiva

CUARTO: En relación a la imputada DAYANA RAMONA PERDOMO SIERRA, plenamente identificada en actas, después de una revisión exhaustiva a las actas que componen la presente causa, y toda vez que no se evidencian elementos de convicción contundentes tanto de hecho como de derecho que hagan pensar a este Juzgador que la referida imputada haya cometido los tipos penales incriminados por el Ministerio Público, ya que efectivamente el escrito acusatorio fiscal, sólo hace mención a que la referida ciudadana labora como secretaria en el Tribunal Contencioso Administrativo, en consecuencia de conformidad con el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, desestima los tipos penales de TRÁFICO DE INFLUENCIA, previsto y sancionado en el artículo 71 de la Ley Contra la Corrupción y el delito de OBSTACULIZACIÓN DE LA JUSTICIA, previsto y sancionado en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (…)

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE, el recurso de casación propuesto por los ciudadanos abogados Idemaro González Sulbarán y Joviniano Sánchez, actuando en su condición de defensores privados de la ciudadana DAYANA RAMONA PERDOMO SIERRA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

corrupciónjusticiafiscalíaderecho penalprocesal

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