Sentencia N° 23 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de febrero de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 023, Exp. CC03-0525, 03/02/2004
ExpedienteCC03-0525
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2004-02-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Estado Trujillo y el Tribunal Segundo del Estado Zulia, en relación con un caso de robo de vehículo y lesiones personales. La Sala determinó que el delito se consumó en el Estado Trujillo, por lo que corresponde al Tribunal Tercero conocer del caso. Se aceptó la declinatoria de competencia planteada por la Corte de Apelaciones del Estado Zulia.

Extracto de la motiva

La competencia de un tribunal para el conocimiento de un hecho punible, viene dada en primer lugar, por el territorio, es decir, que conocerá del asunto aquel tribunal del lugar donde se haya consumado el delito, o donde se haya ejecutado el último acto dirigido a su comisión o donde haya cesado la continuidad o donde se haya cometido el último acto conocido del mismo, según sea el caso. En el presente caso ambos tribunales se han declarado incompetentes para conocerlo, en razón del territorio, por lo que se hace necesario determinar donde se ha consumado el delito para la resolución del conflicto. Es así como de las actas que integran la presente causa, se desprende que, en fecha 16 de agosto de 2003, los ciudadanos VICTOR MANUEL RUBIO INFANTE y DARWIN JOSE VARGAS OCHOA, en horas de la madrugada, se encontraban parados dentro de una camioneta Pick Up de su propiedad, frente al Club La Bombita, ubicado en la vía que conduce a la población del Tres de Febrero, Municipio La Ceiba, Estado Trujillo, cuando fueron sorprendidos por tres individuos, que luego de golpearlos y dejarlos tirados en el pavimento, le quitaron las llaves de la camioneta y los despojaron del vehículo, emprendiendo veloz huída, para posteriormente volcar la camioneta en el sector denominado El Batatal del Estado Zulia. De lo anterior se desprende que las víctimas fueron despojadas del vehículo Pick Up en el Municipio La Ceiba del Estado Trujillo, tal como lo refieren las funcionarios actuantes en la investigación, en acta policial inserta al folio 10 P-1 del expediente, por lo que la consumación del delito investigado fue en dicha jurisdicción, y no como lo señala el Juzgado Segundo de Control, que el perfeccionamiento del delito se llevó a cabo en Jurisdicción del Estado Zulia, cuando se produjo el volcamiento del vehículo robado, pues mal podría considerarse este accidente como parte del perfeccionamiento del hecho punible, ya que dicho accidente no es considerado como parte del delito tipificado, por lo que siendo ello así, considera esta Sala de Casación Penal, que el perfeccionamiento o consumación del delito se llevó a cabo en el Estado Trujillo, razón por la cual es al Juzgado Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal de dicho Estado a quien corresponde conocer la presente causa. Y así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER de la causa seguida al ciudadano CARLOS GABRIEL GRANDA GODOY, al Juzgado Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo. Se ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado Segundo en función de Control y a la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones, ambos del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

conflicto de competenciarobo de vehículolesiones personalesCódigo Orgánico Procesal PenaljurisdiccióntribunalesEstado TrujilloEstado Zulia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca