Sentencia N° 23 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de enero de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 023, Exp. C02-0188, 30/01/2003
ExpedienteC02-0188
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-01-30
DecisiónNULIDAD
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad de la audiencia preliminar y actos subsiguientes en el caso de Wilson Eleazar Ibarra Blanco, debido a un vicio en el procedimiento que afectó el derecho al debido proceso. Se argumenta que el imputado no fue debidamente instruido sobre el procedimiento por admisión de los hechos, lo que llevó a una admisión condicionada que no es válida en este contexto. La decisión resalta la importancia de que el juez informe adecuadamente al imputado sobre sus derechos y el procedimiento aplicable.
Extracto de la motiva
Efectuada la revisión del expediente, esta Sala ha estudiado la sentencia impugnada, así como las actas del proceso y ha constatado que se ha verificado un vicio no alegado por el recurrente, que amerita la nulidad de la sentencia recurrida, así como la nulidad de la audiencia preliminar efectuada en fecha 21 de enero de 2002 ante el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, nulidad que debe declararse por infracción del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se tradujo en violación del principio al debido proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 192 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 ordinal 2° de la Constitución vigente. La causa de nulidad tuvo lugar en la audiencia preliminar, cuando el imputado WILSON ELEAZAR IBARRA BLANCO es impuesto de las medidas alternativas a la prosecución del proceso y del procedimiento especial por admisión de los hechos sin que el Juez de Control lo instruyera respecto de dicho procedimiento, lo cual conllevó a una admisión condicionada de los hechos por parte del imputado.
Dispositiva
Por las razones expuestas este Tribunal Supremo Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA la NULIDAD de la audiencia preliminar y actos subsiguientes, sólo en lo que se refiere al imputado WILSON IBARRA BLANCO. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
homicidioaudiencia preliminarnulidaddebido procesoadmisión de hechosCódigo Orgánico Procesal Penaldefensapena