Sentencia N° 229 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de mayo de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 229, Exp. C24-178, 10/05/2024
ExpedienteC24-178
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-05-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Argenis Andrés Lovera Sequera contra la decisión de la Sala Siete de la Corte de Apelaciones, que había declarado inadmisible por extemporáneo un recurso de apelación. La Sala fundamenta su decisión en que la sentencia impugnada no es recurrible en casación, ya que no pone fin al proceso ni impide su continuación, cumpliendo así con el principio de impugnabilidad objetiva establecido en la ley.

Extracto de la motiva

De acuerdo al libelo acusatorio los hechos narrados tuvieron lugar en fecha 21-08-2019, en el sector El Tamarindo Calle principal, casa sin número, antes de la doble vía, frente al poste de alumbrado eléctrico n° ER483 Guarenas. Por lo cual a tenor del artículo 58 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal no es competencia para conocer los hechos narrados, siendo competente un Tribunal de Juicio con jurisdicción en el estado Miranda. En todo caso, de no haber recibido respuesta alguna, tal como se indica, en el escrito libelar no consta ni se indica, pronunciamiento o decreto alguno, que haya emitido algún Tribunal u organismo al cual haya acudido el solicitante. Por tales consideraciones este Tribunal INADMITE la acusación privada presentada por la abogada AMANDA MARÍA QUIJADA, abogada en ejercicio inscrita en el Ipsa bajo el N° 78.767, actuando en presentación del ciudadano ARGENIS ANDRÉS LOVERA SEQUERA titular de la cédula de identidad n° 3.974.936, por ser incompetente para el conocimiento del presente asunto. Notifíquese al solicitante. Cúmplase…

Dispositiva

Por todo lo antes expuesto, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el “anuncio” del RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por el ciudadano Argenis Andrés Lovera Sequera, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 69.270, actuando en su propio nombre y representación, contra la decisión de fecha 22 de febrero de 2024, dictada por la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia publicada el 12 de enero de 2024, por el Tribunal Vigésimo Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó DECLINAR LA COMPETENCIA PARA CONOCER de la causa seguida contra los ciudadanos MARÍA ALEJANDRA REINA LOVERA, DANIELIS ESTEFANÍA SALAZAR REINA, YENNIFER DANIELA SALAZAR REINA y RAMÓN LOVERA.

Palabras clave

incompetenciaacusación privadadebido procesotutela judicialCódigo Orgánico Procesal Penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca