Sentencia N° 229 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de septiembre de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 229, Exp. C10-289, 06/06/2011
ExpedienteC10-289
PonenteDeyanira Nieves Bastidas
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-09-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia N° 022-10, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Deminson Ramón Páez, quien había sido condenado por el delito de secuestro. La Sala confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación anterior. La defensa alegó violaciones a la ley por indebida aplicación del artículo 460 del Código Penal, argumentando que no se había demostrado el delito de secuestro, sino que los hechos encuadraban en el delito de extorsión.
Extracto de la motiva
La Sala ha sustentado de manera reiterada que, cuando se alega error de derecho en la calificación de los hechos, se deben respetar los hechos dados por probados, pues si se cuestiona el establecimiento de los hechos, mal podría alegarse error de derecho en su calificación jurídica. En consecuencia, la Sala de Casación Penal DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA, la cuarta denuncia del recurso de casación interpuesto por el Defensor del ciudadano acusado DEMINSON RAMÓN PÁEZ, de acuerdo a lo previsto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal, al no estar llenos los extremos legales necesarios establecidos en el artículo 462, eiusdem.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo expuesto, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano DEMINSON RAMÓN PÁEZ, confirmando la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
Palabras clave
secuestradorextorsióncasaciónsentenciaTribunal Supremo de Justicia