Sentencia N° 228 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de marzo de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 228, Exp. A25-214, 08/05/2025
ExpedienteA25-214
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-03-19
DecisiónNULIDAD ABSOLUTA

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 19 de marzo de 2025, decidió avocarse al conocimiento de la causa penal seguida contra varios ciudadanos por delitos relacionados con sustancias químicas. Se constató la existencia de vicios procesales en la audiencia preliminar celebrada el 26 de enero de 2023, lo que llevó a declarar la nulidad absoluta de dicha audiencia y a ordenar la reposición del expediente a un tribunal competente para que se celebre una nueva audiencia preliminar. La decisión se fundamenta en la violación de principios y garantías procesales, afectando el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.

Extracto de la motiva

motivado de la audiencia de presentación de fecha 22/10/2022, llevado ese entonces por ante el Tribunal de Control, 2) en relación al escrito suscrito por el ABG, VICENTE SAUL PEREZ MENDEZ, en su condición de accionista de la empresa Proven C.A., interpuesto en fecha 31-10-2022, tal como consta en el folio 167 hasta el folio 245 de la primera pieza, se advierte que no consta inserto en las actuaciones del presente asunto pronunciamiento con respecto a la solicitud de devolución de los vehículos de carga pesada y de la sustancia incautada (Uria) propiedad de la empresa que la adquiere o tiene el control de la misma, 3) En atención al acto conclusivo mixto IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 12 de 36 (Acusación y Sobreseimiento); presentado por la Fiscalía 27° Nacional Plena inserto desde el folio dos (02) al folio ciento dieciocho (118) de la segunda pieza se observa que no se encuentra pronunciamiento con respecto a la solicitud de sobreseimiento realizada con respecto a los ciudadanos: Wilmer Alexander Campodominico Blanco, Denis Felipe Briceño Mijares, José Luis Duque Rodriguez y Juan José Cabrera Mendoza, observando que del auto de entrada ante Tribunal de Control, solo se fija audiencia preliminar y de manera inmediata se ordena librar boletas de excarcelación a los referidos ciudadanos. 4) Se observa del mismo modo que en los folios 145 al 148 se encuentran insertas boletas de excarcelación a favor de los ciudadanos Wilmer Alexander Campodominico Blanco, Denis Felipe Briceño Mijares, José Luis Duque Rodríguez y Juan José Cabrera Mendoza sin que conste inserto en las actuaciones del presente asunto el auto motivado correspondiente donde se ordenan las mismas. 5) en relación a la segunda pieza del asunto la cual consta de 637 folios, siendo este ultimo folio correspondiente al oficio N F27NP-0797-2021 consignado en fecha 25/01/2023 por la Fiscalía 27 Nacional Plena sin que conste en auto agregando el mismo a las actuaciones ni consta auto

Dispositiva

Se AVOCA al conocimiento de la presente causa y, en consecuencia, se declara PROCEDENTE el avocamiento. Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia preliminar celebrada el 26 de enero de 2023. Se REPONE la causa al estado que otro Tribunal en Funciones de Control, convoque de nuevo a las partes a los fines de celebrar la audiencia preliminar correspondiente. Se SUSTRAE de su jurisdicción natural, el expediente identificado con el alfanumérico CJPC-0563-2025, y ORDENA la remisión del expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

juiciorecusaciónsobreseimientotribunalesderechosprocesalpenal

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