Sentencia N° 228 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 228, Exp. 02-0155, 14/05/2002
Expediente02-0155
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-05-14
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

El ciudadano Álvaro Sandia Briceño interpuso un recurso ante la Sala de Casación Penal solicitando que se ordenara a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida oír su apelación contra una sentencia de absolución. La Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley. Posteriormente, el Tribunal Supremo de Justicia, tras analizar el caso, determinó que la solicitud de Briceño se trataba de un recurso de hecho, el cual no está previsto en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo que no podía dictarse un pronunciamiento sobre una materia inexistente.

Extracto de la motiva

Ahora bien: observa la Sala después del análisis realizado al escrito presentado por el ciudadano ÁLVARO SANDIA BRICEÑO y a los recaudos consignados, que su solicitud se trata de un recurso de hecho, el cual no se encuentra previsto en el Código Orgánico Procesal Penal. Razón por la cual no puede pretenderse un dictamen sobre una materia inexistente. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud hecha por el ciudadano ÁLVARO SANDIA BRICEÑO el 15 de abril de 2002, ante la Sala de Casación Penal.

Palabras clave

recurso de hechoapelaciónimprocedenciaCódigo Orgánico Procesal PenalabsolucióndelitoCorte de Apelacionesjurisdicción

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