Sentencia N° 227 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de agosto de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 227, Exp. E18-174, 02/08/2018
ExpedienteE18-174
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2018-08-02
DecisiónNotificar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió notificar a la República de Colombia sobre el término perentorio de noventa días para presentar la solicitud formal de extradición del ciudadano Víctor Manuel Herrera Núñez, solicitado por la Fiscalía 41 de Cartagena. La decisión se basa en la existencia de una Notificación Azul emitida por INTERPOL, que solicita la localización del mencionado ciudadano por un delito relacionado con drogas.
Extracto de la motiva
La extradición pasiva encuentra su fundamento legal en los artículos 386, 387 y 388 del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales establecen que si un gobierno extranjero solicita la extradición de una persona que se encuentre en el territorio de Venezuela, el Poder Ejecutivo remitirá la solicitud al Tribunal Supremo de Justicia con la documentación recibida. En este caso, se observa que el trámite del procedimiento de extradición exige que conste una alerta o notificación roja en contra de la persona solicitada, y una vez que los órganos policiales la ubiquen y aprehendan, deberán notificar inmediatamente al Ministerio Público.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, acuerda NOTIFICAR a la República de Colombia, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de noventa (90) días continuos, que tiene, a partir del día siguiente a la oportunidad en la cual se efectúe su notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición pasiva del ciudadano VÍCTOR MANUEL HERRERA NÚÑEZ.