Sentencia N° 227 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de julio de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 227, Exp. C10-170, 02/07/2010
ExpedienteC10-170
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-07-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de GREGORY HATAKA HUNG FLORES, quien fue acusado de robo agravado. La decisión se basa en que el auto impugnado no pone fin al juicio ni impide su continuación, por lo que no es susceptible de ser recurrido en casación. La Sala argumenta que el derecho a recurrir no debe ser entendido como un derecho absoluto, sino dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico.

Extracto de la motiva

El artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”. De la referida norma se evidencia que el derecho a recurrir de las decisiones judiciales, no debe ser entendido como el derecho a ejercer el recurso que resulte más aconsejable o conveniente, sino aquel que el ordenamiento jurídico vigente haya establecido para el caso concreto. Asimismo, el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone que serán recurribles en casación las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o que la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado haya pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. De igual manera son impugnables en casación, las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia, que haya anulado la sentencia anterior.

Dispositiva

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano acusado GREGORY HATAKA HUNG FLORES, conforme a lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

Palabras clave

casaciónrobo agravadoinadmisible

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