Sentencia N° 227 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 227, Exp. C04-0193, 20/05/2005
ExpedienteC04-0193
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-20
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado defensor de César Argenis Álvarez Suárez, argumentando que los planteamientos eran confusos y no cumplían con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala revisó el expediente y constató que el fallo del tribunal de juicio estaba ajustado a derecho, confirmando la condena por homicidio calificado.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa que el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal dispone lo siguiente: “... Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios...”. Los planteamientos expuestos por el recurrente son confusos: la Defensa principió su escrito con la transcripción de jurisprudencia y doctrina relacionadas con la motivación de las sentencias; después adujo una falta de análisis de las pruebas por el Tribunal de Juicio, que lo condujo a determinar la responsabilidad penal del imputado. Finalmente indicó que la medida privativa de libertad “... debió en todo caso ser revisada y otorgarle otra de menos envergadura...”. El recurrente no le dio cumplimiento a los requisitos del artículo “supra” transcrito, porque señaló en forma conjunta las supuestas violaciones que en su criterio cometió el Tribunal de Juicio, cuando debió impugnar el fallo de la Corte de Apelaciones como lo ordena el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. Además omitió indicar las disposiciones legales que resultaron infringidas por la Corte de Apelaciones y argumentar de manera separada de qué modo se impugna la decisión pues fueron varios los motivos alegados.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos expuestos con anterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el ciudadano ALEXIS ROJAS MÁRQUEZ, Defensor del ciudadano CÉSAR ARGENIS ÁLVAREZ SUÁREZ, contra la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.
Palabras clave
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