Sentencia N° 226 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de junio de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 226, Exp. C13-111, 19/06/2013
ExpedienteC13-111
PonenteUrsula María Mujica Colmenarez
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-06-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre la admisibilidad del Recurso de Casación interpuesto por la defensa de MAIDELIZ JOSEFINA RODRÍGUEZ, quien fue condenada a 22 años y 6 meses de prisión por tráfico de sustancias estupefacientes. La Sala desestimó el recurso por considerarlo manifiestamente infundado, argumentando que la Corte de Apelaciones no incurrió en violaciones de ley al declarar sin lugar el recurso de apelación presentado por la defensa. Se destacó que la Corte de Apelaciones cumplió con su deber de revisar la decisión del tribunal de juicio y que la defensa intentó utilizar el recurso de casación como una tercera instancia para cuestionar la valoración de pruebas.
Extracto de la motiva
El artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal plantea cuales son los efectos de la declaratoria con lugar del recurso de apelación, indicando lo que debe hacer la Corte de Apelaciones cuando declare con lugar el recurso de apelación, basado en los ordinales 1° y 2° del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal. En este sentido, esta norma no puede ser infringida por la recurrida, dado que la misma declaró sin lugar el Recurso de Apelación y dicha disposición sólo puede ser aplicada cuando la Corte de Apelaciones declara con Lugar el Recurso de Apelación. Esta Sala, en reiteradas sentencias, como la N° 050, de fecha 22 de Febrero de 2013, Exp. C13-19, ponencia del Magistrado Héctor Manuel Coronado Flores, expuso las mismas consideraciones: 'Respecto a la transcrita disposición legal, la Sala, en jurisprudencia pacífica y reiterada, ha señalado que la Corte de Apelaciones sólo podrá infringir la referida norma cuando habiendo declarado con lugar el recurso de apelación no hubiese dado cumplimiento a lo dispuesto en la misma, en cuanto a los efectos de dicha declaratoria o en el caso de que la Corte de Apelaciones a pesar de declarar sin lugar la apelación dicte una decisión propia.' En el presente caso, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, no dictó decisión alguna bajo los supuestos establecidos en el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, no dictó sentencia propia, sino que por el contrario, declaró sin lugar el recurso de apelación propuesto y confirmó el fallo emitido por el sentenciador de juicio.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto por la defensa de la ciudadana MAIDELIZ JOSEFINA RODRÍGUEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
valoración de pruebassentenciaCorte de Apelacionespresunción de inocenciaCódigo Orgánico Procesal Penalderechos fundamentales