Sentencia N° 226 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de junio de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 226, Exp. R12-151, 27/06/2012
ExpedienteR12-151
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2012-06-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación de la causa seguida contra Edwin Antonio Andueza Amaro, argumentando que la solicitud no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal. A pesar de que se alegó la gravedad del delito y la alarma pública, la Sala determinó que no se acreditaron nuevos elementos que justificaran la radicación en la Circunscripción Judicial Penal del Estado Carabobo.

Extracto de la motiva

El artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal establece: 'En los casos de delitos graves, cuya perpetración cause alarma, sensación o escándalo público, o cuando por recusación, inhibición o excusas de los jueces o juezas titulares y de sus suplentes y conjueces respectivos, el proceso se paralice indefinidamente, después de presentada la acusación por el Fiscal, el Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de cualquiera de las partes, podrá ordenar que se radique en un Circuito Judicial Penal de otra Circunscripción Judicial que señalará. Dicha decisión deberá dictarla dentro de los diez días siguientes al recibo de la solicitud'. Según la transcrita disposición, la radicación de un juicio consiste en quitar el conocimiento del mismo al tribunal que le corresponde, de acuerdo con el principio del 'forum delicti comissi', previsto en el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Penal, para atribuírselo a otro tribunal de igual categoría pero de otro circuito judicial penal. Conforme a dicha norma, la radicación de un juicio procede: a) En caso de delitos graves cuya perpetración haya causado alarma, sensación o escándalo público o, b) Cuando el proceso se paralice indefinidamente, por recusación, inhibición o excusa de los jueces titulares y de sus suplentes y conjueces respectivos.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de radicación propuesta por la abogada GRACIELA DEL CARMEN PERDOMO ARRIECHE, defensora privada del ciudadano EDWIN ANTONIO ANDUEZA AMARO. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

radicacióndelitos gravesjusticiaCódigo Orgánico Procesal Penalderechosadministración de justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca