Sentencia N° 226 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de junio de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 226, Exp. C11-42, 06/06/2011
ExpedienteC11-42
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-06-06
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Ninoska Beatriz Queipo Briceño, decidió desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa de ÉDGAR ALIPIO REINOZA BELANDRIA, condenado por el delito de violación presunta agravada. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición de recursos de casación, así como en la valoración de las pruebas realizadas por el tribunal de juicio, que fueron consideradas adecuadas y suficientes para la condena del acusado.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal ha indicado que no constituye el vicio de inmotivación el desacuerdo de las partes con los fundamentos de derecho determinados en el fallo, por cuanto la falta de motivación es imputable a las Cortes de Apelaciones, cuando no señalen los fundamentos de hecho y derecho por los cuales se adopta la sentencia ó cuando se omita cualquiera de las circunstancias expuestas por el apelante en el recurso de apelación. En consecuencia, esta Sala de Casación Penal, considera procedente desestimar, por manifiestamente infundada la segunda denuncia del recurso de casación propuesto de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el abogado ARNALDO PIÑA SEMPRÚN, en su condición de Defensor Privado del acusado ÉDGAR ALIPIO REINOZA BELANDRIA, contra la decisión dictada por la Sala Accidental Segunda de Reenvío en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Violencia contra la Mujer, el 16 de noviembre de 2010.
Palabras clave
violacióncasaciónderechos de la mujerjusticia penal