Sentencia N° 226 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de mayo de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 226, Exp. A09-155, 19/05/2009
ExpedienteA09-155
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2009-05-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Tailandia Márquez Rodríguez en favor de Jesús Alberto López Heredia. La solicitud se fundamenta en alegaciones de mal tramitación de un recurso de apelación y privación ilegítima de libertad. Sin embargo, la Sala concluye que no se evidencian violaciones graves al debido proceso ni irregularidades que justifiquen el avocamiento, ya que el recurso de apelación fue debidamente admitido y resuelto.

Extracto de la motiva

El avocamiento constituye una institución jurídica excepcional, establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, la cual, confiere a la Sala de Casación Penal, la facultad de conocer bien sea de oficio o a petición de parte, cualquier causa en el estado y grado en que se encuentre, en los tribunales de instancia. Efectivamente, debido a su carácter especial y excepcional, la solicitud que al efecto se realice, debe ser examinada con la prudencia debida, por lo cual se impone que los requisitos delimitados en el artículo 18 (apartes noveno, décimo, décimo primero y décimo segundo) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sean concurrentes entre sí y que dicha solicitud se encuentre fundada en escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudique ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana y se hayan desatendido o mal tramitado los recursos ordinarios o extraordinarios que los interesados hubieren ejercido. En el presente avocamiento, la solicitante señaló, que fue mal tramitado y desatendido un recurso de apelación (por cuanto no decretó la libertad de su defendido), que interpuso en contra de una decisión dictada el 22 de enero de 2009, por el Tribunal Vigésimo Primero en Funciones de Control, que acordó la medida de privación judicial preventiva de libertad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara Inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por la ciudadana abogada Tailandia Márquez Rodríguez, defensora del ciudadano Jesús Alberto López Heredia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

avocamientoprivación de libertadderechos fundamentalesdebido procesorecurso de apelaciónsentenciatribunal de controljusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca