Sentencia N° 225 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 225, Exp. C04-0580, 20/05/2005
ExpedienteC04-0580
PonenteHÉCTOR CORONADO FLORES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 20 de mayo de 2005, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados por considerarlo manifiestamente infundado. Los acusados habían sido condenados a catorce años y cuatro meses de prisión por robo agravado de vehículo automotor. La defensa argumentó que no se había demostrado la culpabilidad de sus defendidos en el delito de robo, sugiriendo que debían ser considerados cómplices en lugar de autores.
Extracto de la motiva
La impugnante fundamenta el recurso de casación en el artículo 452, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, norma ésta referida a los motivos en los cuales podrá fundarse el recurso de apelación. Además, el precepto legal que denuncia infringido, artículo 362 eiusdem, referido a las normas para la deliberación y votación, no guarda relación con los planteamientos expuestos, vale decir, inmotivación de la recurrida y error en la calificación del delito. Por otra parte, los vicios denunciados se atribuyen al juzgador de Juicio quien, según el impugnante, no precisó en forma clara y precisa los fundamentos de hecho y de derecho y quien debió calificar los hechos como robo de vehículo en grado de complicidad y robo genérico frustrado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación sólo puede ser propuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa de los acusados FRANKLIN DEL VALLE LEIVA NÚÑEZ, DAVID RAFAEL NÚÑEZ y HERMES AGUSTÍN BRITO LÓPEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.