Sentencia N° 224 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de mayo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 224, Exp. A14-148, 10/07/2014
ExpedienteA14-148
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2014-05-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Luis Rodríguez Mota, defensor de tres ciudadanos acusados de tráfico agravado de sustancias estupefacientes. La solicitud se fundamentó en la vulneración de la tutela judicial efectiva, debido a la falta de cumplimiento de órdenes de traslado emitidas por los tribunales de instancia. La Sala declaró su competencia para conocer el caso y decidió avocarse al conocimiento de la causa, argumentando que la figura del avocamiento es procedente en situaciones donde se evidencian graves desórdenes procesales o violaciones al ordenamiento jurídico.

Extracto de la motiva

La facultad del Tribunal Supremo de Justicia para solicitar y avocarse al conocimiento de una causa, está expresada en el numeral 1 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone lo siguiente: “Artículo 31. Son competencias comunes de cada Sala del Tribunal Supremo de Justicia: 1.- Solicitar de oficio, o a petición de parte, algún expediente que curse ante otro tribunal y avocarlo en los casos que dispone esta Ley (…)”. Asimismo, el artículo 106, eiusdem, dispone lo siguiente: “Competencia Artículo 106. Cualesquiera de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, en las materias de su respectiva competencia, de oficio o a instancia de parte, con conocimiento sumario de la situación, podrá recabar de cualquier tribunal, en el estado en que se encuentre, cualquier expediente o causa para resolver si la avoca y asume el conocimiento del asunto o, en su defecto, lo asigna a otro tribunal (…)”. Se advierte que, los alegatos expuestos en la presente solicitud de avocamiento, están referidos y se relacionan con un proceso penal, por ello, la Sala de Casación Penal, se declara competente para conocer y decidir al respecto. Así se declara.

Dispositiva

Por lo expuesto, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de las consideraciones antes expuestas, declara con lugar la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Luis Rodríguez Mota, defensor de los ciudadanos Carlos Julio Ávila Tarazona, Álvaro Eliéses Prato Mancipe y Jorge Eliécer Tamayo Maldonado, y avoca el conocimiento de los procesos penales seguidos contra ellos, signados bajo los alfanuméricos SP21-P-2013-000583, SP21-P-2013-017326 y SP21-P-2012-010178, para decidir en el estado en que se encuentren.

Palabras clave

avocamientotutela judicial efectivatráfico de sustancias estupefacientes

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