Sentencia N° 224 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de junio de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 224, Exp. C12-75, 27/06/2012
ExpedienteC12-75
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-06-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los acusados JORGE LEONARDO BOGADO BANKS y JENIFFER PAOLA TRIANA ARCILA, quienes fueron condenados por violación. La defensa argumentó que la Corte de Apelaciones erróneamente no admitió nuevas pruebas y testigos, lo que generó indefensión. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el recurso de casación, determinó que los recurrentes no cumplieron con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley, desestimando así el recurso por manifiestamente infundado.

Extracto de la motiva

Conforme a lo dispuesto en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, indebida aplicación o errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. En el presente caso, los impugnantes no cumplen con lo dispuesto en la citada disposición, toda vez que no expresan de manera precisa cuál es la norma que denuncian como infringida, limitándose a señalar que 'se denota claramente que la Corte de Apelaciones del Estado Aragua, yerra en la interpretación de las dos denuncias interpuestas por esta representación de la defensa, al considerar ésta que el juez a-quo no admitió las nuevas pruebas como era la incorporación de nuevos testigos para que fueran declarados'. Tampoco expresan los recurrentes, de manera clara, el motivo del recurso de casación, pues, por una parte alegan que la Corte de Apelaciones erró al interpretar las dos denuncias planteadas en la apelación y por la otra que dicha instancia judicial motivó su decisión 'con argumentos ilógicos, incoherentes y vagos'. Requiriéndose, para una debida fundamentación del recurso, un planteamiento preciso de donde surja claramente cuál es el vicio que se atribuye, su verdadera existencia en el fallo recurrido así como la relevancia del mismo y su capacidad de influir en la modificación del dispositivo del fallo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa de los acusados JORGE LEONARDO BOGADO BANKS y JENIFFER PAOLA TRIANA ARCILA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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