Sentencia N° 224 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de abril de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 224, Exp. C08-0151, 22/04/2008
ExpedienteC08-0151
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-04-22
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Félix Montes Osal, defensor del ciudadano GUSTAVO JOSÉ VILLEGAS JULÍN, condenado por el delito de violencia psicológica. La decisión se basa en que la pena asignada al delito no excede el límite establecido para la admisibilidad del recurso de casación según el Código Orgánico Procesal Penal. La sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó la condena no está sujeta a revisión por casación.

Extracto de la motiva

El artículo 20 de la derogada Ley de Violencia contra la Mujer y la Familia, contempla lo siguiente: “... Violencia Psicológica. Fuera de los casos previstos en el Código Penal, el que ejecute cualquier forma de violencia psicológica en contra de alguna de las personas a que se refiere el artículo 4to. de esta Ley, será sancionado con prisión de tres (3) a dieciocho (18) meses...”. Ahora bien, el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, contempla lo siguiente: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”. Asimismo, el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece cuáles son las decisiones recurribles en casación, entendiéndose que sólo podrá ser propuesto contra: “Las sentencias definitivas de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años...”. La disposición señalada en primer término, limita la admisibilidad de los recursos, sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos en la Ley. Y respecto al recurso de casación, entre otros motivos, su admisibilidad dependerá del quantum de la pena establecida para el delito objeto del proceso.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado Félix Montes Osal, defensor privado del ciudadano condenado GUSTAVO JOSÉ VILLEGAS JULÍN. Así se declara.

Palabras clave

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