Sentencia N° 223 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de junio de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 223, Exp. C11-369, 27/06/2012
ExpedienteC11-369
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-06-27
DecisiónDesestima, por inadmisible, el recurso de casación

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la abogada Iraida Herves Lara, defensora de Gabriel Arturo Higuera Martínez, quien había sido condenado por homicidio culposo. La Corte de Apelaciones había declarado la nulidad absoluta de la sentencia del Tribunal Segundo de Control, ordenando la celebración de una nueva audiencia preliminar. La Sala argumenta que la decisión de la Corte de Apelaciones no es recurrible en casación, ya que no es definitiva y no pone fin al juicio ni hace imposible su continuación.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurso de casación solo podrá ser propuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años o la sentencia condene a penas superiores a esos límites. En el presente caso, la recurrente pretende impugnar, mediante el recurso extraordinario de casación, la decisión de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, que declaró con lugar el recurso de apelación de sentencia interpuesto por la abogada LIlian Yulimar Castillo, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Público, y la nulidad absoluta de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del referido Circuito Judicial Penal dictada en fecha 16 de febrero de 2011, ordenando reponer la causa al estado de que un tribunal distinto celebre una nueva audiencia preliminar, con prescindencia del vicio declarado. Tal decisión, conforme a las previsiones del citado artículo, no es recurrible en casación por cuanto la misma es una decisión, como se refirió, en la cual se declaró con lugar la apelación fiscal y, como consecuencia de ello, se anuló la decisión del Juzgado de Control, y se ordenó convocar una nueva audiencia preliminar.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR INADMISIBLE, el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada Iraida Herves Lara, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 24.700, en su carácter de defensora del ciudadano GABRIEL ARTURO HIGUERA MARTÍNEZ. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.

Palabras clave

apelaciónnulidadsentenciahomicidiomotivaciónC.O.P.P.derecho penal

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