Sentencia N° 223 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de mayo de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 223, Exp. CC06-0202, 22/05/2006
ExpedienteCC06-0202
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico se declaró incompetente para conocer el recurso de revisión interpuesto por JOSÉ VALMORE NIERES FERNÁNDEZ, quien fue condenado a veintitrés años de presidio por homicidio calificado y violación. El Juzgado Primero de Ejecución también se declaró incompetente, lo que llevó al Tribunal Supremo de Justicia a asumir el caso. La Sala determinó que la Corte de Apelaciones era la competente para conocer del recurso de revisión, fundamentándose en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece las causales de revisión de sentencias firmes.
Extracto de la motiva
El artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, establece: 'La revisión procederá contra la sentencia firme, en todo tiempo y únicamente a favor del imputado, en los casos siguientes: 1. Cuando en virtud de sentencias contradictorias estén sufriendo condena dos o más personas por un mismo delito, que no pudo ser cometido más que por una sola; 2. Cuando la sentencia dio por probado el homicidio de una persona cuya existencia posterior a la época de su presunta muerte resulte demostrada plenamente; 3. Cuando la prueba en que se basó la condena resulta falsa; 4. Cuando con posterioridad a la sentencia condenatoria, ocurra o se descubra algún hecho o aparezca algún documento desconocido durante el proceso, que sean de tal naturaleza que hagan evidente que el hecho no existió o que el imputado no lo cometió; 5. Cuando la sentencia condenatoria fue pronunciada a consecuencia de prevaricación o corrupción de uno o más jueces que la hayan dictado, cuya existencia sea declarada por sentencia firme; 6. Cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida'.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, para que conozca el recurso de revisión, propuesto por el ciudadano JOSÉ VALMORE NIERES FERNÁNDEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que lo condenó a cumplir la pena de VEINTITRÉS AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias correspondientes, por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y VIOLACIÓN, tipificados, respectivamente, en los artículos 408 (ordinal 1°) y 375 del Código Penal derogado, según el numeral 6 del artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
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