Sentencia N° 222 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de abril de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 222, Exp. E15-112, 24/04/2015
ExpedienteE15-112
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-04-24
DecisiónNotificar al Gobierno de la República Checa

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano IVO KUBICEK, requerido por el Gobierno de la República Checa por el delito de fraude a la nación. La Sala determinó que no se había presentado la solicitud formal de extradición ni la documentación judicial necesaria para examinar los requisitos de fondo que rigen en materia de extradición. En consecuencia, se acordó notificar al Gobierno Checo sobre la detención del ciudadano y se fijó un término de sesenta días para que presente la solicitud formal de extradición con la documentación requerida.

Extracto de la motiva

Una vez recibido el expediente por esta Sala de Casación Penal, y revisadas las actuaciones detalladas anteriormente, se verificó, que no consta en autos la solicitud formal de extradición del ciudadano IVO KUBICEK, por parte del Gobierno de la República Checa, ni la documentación judicial que sustente dicha petición, la cual resulta necesaria para examinar los requisitos de fondo que en materia de derecho interno e internacional rigen en materia de extradición. En efecto, sólo consta la NOTIFICACIÓN ROJA, del 7 de agosto de 2014, número de control A-6118/8-2014, Expediente N° 2014/43549, emitida por la Oficina de INTERPOL, del Gobierno de la República Checa, mediante la cual solicita la detención del referido ciudadano por el delito de FRAUDE a la NACIÓN, tipificado en el artículo 21, apartado 1 de la Ley num. 235/2004 del Código de Impuesto sobre el Valor Añadido, de la República Checa.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda notificar al Gobierno de la República Checa, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta días (60) continuos que tiene, a partir de su efectiva notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en el procedimiento de extradición seguido al ciudadano IVO KUBICEK, conforme a lo previsto en el artículo 387 del Código Orgánico Procesal Penal. Debiendo especificar que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso por el Gobierno de la República Checa, la Sala ordenará el cese de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada contra el mencionado ciudadano, de conformidad con el artículo 388 eiusdem.

Palabras clave

extradiciónfraudeInterpol

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca