Sentencia N° 221 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de mayo de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 221, Exp. C02-0139, 07/05/2002
ExpedienteC02-0139
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-05-07
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el abogado Antonio Pepe Campos, en representación de Carlos Alberto Rebrij, contra la decisión de la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones que declaró con lugar la apelación interpuesta por la defensa de la imputada Belikzabeth Guerrero Guerrero. La Sala desestimó el recurso por considerarlo manifiestamente infundado, al no cumplir con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para su admisión.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa: De la lectura de la presente denuncia se evidencia que en la misma, el recurrente señala a la recurrida la indebida aplicación del ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal y falta de aplicación del artículo 464 del Código Penal, al considerar que no se debió sobreseer la causa ya que la acusada sí cometió el delito de Estafa. Se limita el recurrente a transcribir parte de la sentencia impugnada en los aspectos relacionados con la doctrina penal atinente a tal hecho delictivo, pero no precisa el impugnante a la Sala, cuáles fueron los hechos debidamente probados en autos, cometidos por dicha ciudadana con la finalidad de que quienes aquí deciden puedan constatar si efectivamente tales acciones constituyen el delito de ESTAFA y ha debido aplicarse la norma denunciada como infringida por falta de aplicación. Y por cuanto la denuncia en estudio no llena los extremos indicados en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, pues la misma no es clara ni precisa, la Sala la desestima, declarándola manifiestamente infundada, de conformidad con el artículo 465 ejusdem. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la parte querellante. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

recurso de casaciónestafaejercicio ilegal de la odontologíauso indebido de insigniassobreseimientoCódigo Orgánico Procesal PenalCódigo Penal

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