Sentencia N° 220 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de mayo de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 220, Exp. C00-1375, 07/05/2002
ExpedienteC00-1375
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-05-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte acusadora, anulando la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible el recurso de apelación. La Sala argumentó que la decisión de sobreseimiento no podía ser apelada por el Ministerio Público, ya que no le era adversa, y que la víctima tenía derecho a impugnar el sobreseimiento siempre que el fiscal hubiere recurrido. Se ordenó oír el recurso de apelación propuesto por la parte acusadora.
Extracto de la motiva
La recurrida declaró inadmisible el recurso de apelación de la parte acusadora, sosteniendo que el Ministerio Público no ejerció el recurso de apelación contra el auto de sobreseimiento dictado por el Juzgado Tercero de Control, por considerar, de conformidad con el artículo 117, ordinal 8º, del reformado Código Orgánico Procesal Penal, que tal decisión sólo puede ser recurrida por la víctima, aun cuando no hubiere intervenido en el proceso, cuando el Ministerio Público hubiere recurrido. El Ministerio Público, que había solicitado el sobreseimiento, por no podérsele atribuir el hecho investigado al ciudadano Sergio Torralva Sánchez, mal podría apelar de una decisión dictada de acuerdo a lo por él solicitado y que, por consiguiente, no le era adversa (artículo 429 del reformado Código Orgánico Procesal Penal). Infringió, pues, la recurrida el mencionado artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual la Sala considera procedente declarar con lugar el recurso de casación propuesto, anular la sentencia, de fecha 21 de julio de 2000, dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, ordena oír el recurso de apelación propuesto por la parte acusadora. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar el recurso de casación propuesto, anula el fallo recurrido y, en consecuencia, ordena oír la apelación propuesta por la parte acusadora. Remítase el expediente al Presidente del mismo Circuito Judicial, para que una sala distinta a la que dictó la decisión anulada conozca del recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Liliana Torralva Sánchez. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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