Sentencia N° 22 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de febrero de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 022, Exp. E99-0681, 14/02/2006
ExpedienteE99-0681
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2006-02-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal recibió una solicitud de extradición del ciudadano Roberto Reghini por parte del Gobierno de Italia, fundamentada en una sentencia condenatoria por delitos de quiebra fraudulenta. A pesar de la detención de Reghini en Venezuela, la Sala decidió conceder su libertad provisional debido a la falta de documentación necesaria por parte del gobierno requirente dentro del plazo establecido por el Tratado de Extradición. La Sala observó que no se había presentado una solicitud de detención válida contra Reghini, lo que llevó a solicitar información al Ministerio Público sobre cualquier orden de aprehensión existente.
Extracto de la motiva
En el caso en estudio se observa que el ciudadano Roberto Reghini, de nacionalidad italiana, está detenido desde el 19 de marzo de 1999, lo que significa que para la presente fecha se encuentra vencido el lapso de cien (100) días que contempla el artículo 10 del Tratado, aplicable como término general a favor del detenido, ya que como antes se dijo los veinte (20) días restantes se aplicarán por vía de excepción cuando el sujeto solicitado ha sido señalado como delincuente peligroso; como el país requirente nada dijo al respecto resultaría improcedente presumir su peligrosidad, ello atendiendo al principio “indubio pro reo”. Ello obedece a los efectos de la consignación de los documentos necesarios, toda vez que la Honorable Representación Diplomática del Estado requirente no ha presentado la indicada documentación...
Dispositiva
La Sala, para decidir, observa lo siguiente: En el caso bajo análisis, el ciudadano italiano solicitado en extradición ROBERTO REGHINI no ha sido aprehendido por las autoridades para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, motivo por el cual la Sala acuerda solicitar información al Ministerio Público para constatar si obra contra el mencionado ciudadano alguna orden de aprehensión ante los tribunales de la República, a propósito de la solicitud de extradición requerida por el Gobierno Italiano. Así se decide. Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
extradicionquiebra fraudulentadelitolibertad provisionaldocumentaciontratadogobierno italiano