Sentencia N° 22 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de enero de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 022, Exp. CC02-0509, 30/01/2003
ExpedienteCC02-0509
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2003-01-30
DecisiónDeclara Competente a la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia resuelve un conflicto de competencia entre la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas y la Corte de Apelaciones del Estado Lara. Se plantea la apelación interpuesta por la Fiscalía Cuadragésima Quinta del Ministerio Público contra una decisión de sobreseimiento dictada por el Juzgado Undécimo en Funciones de Control. La Sala determina que la competencia territorial corresponde a los tribunales del lugar donde se consumó el delito, en este caso, Caracas.

Extracto de la motiva

La competencia territorial de los tribunales se determina por el lugar donde el delito o falta se haya consumado. En caso de delito imperfecto será competente el del lugar en el que se haya ejecutado el último acto dirigido a la comisión del delito. En la causas por delito continuado o permanente el conocimiento corresponderá al tribunal del lugar en el cual haya cesado la continuidad o permanencia o se haya cometido el último acto conocido del delito. En la causas por delito o delito imperfecto cometidos en parte dentro del territorio nacional, será competente el tribunal del lugar donde se haya realizado total o parcialmente la acción u omisión o se haya verificado el resultado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE A LA SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, para resolver la APELACIÓN interpuesta por la Fiscalía Cuadragésima Quinta del Ministerio Público en contra de la decisión dictada por el Juzgado Undécimo en Funciones de Control del Area Metropolitana de Caracas, que en fecha 17 de septiembre de 2002, decretó el sobreseimiento de la causa conforme con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos EDGAR YEPEZ GIL, ROMULO ALBERTO MONCADA YEPEZ y ROMULO MONCADA COLMENARES.

Palabras clave

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