Sentencia N° 218 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de junio de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 218, Exp. A12-260, 18/06/2013
ExpedienteA12-260
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2013-06-18
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Reinaldo Enrique Carvallo Machado, defensor del ciudadano Oreste Alfredo Schiavo Lavieri. Se argumentó que el tribunal de control había violado derechos fundamentales del procesado al revocar medidas cautelares sin la debida motivación y sin cumplir con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala declaró con lugar la solicitud y anuló la decisión del tribunal de control, manteniendo vigente una decisión anterior que imponía medidas cautelares menos severas.

Extracto de la motiva

La motivación de la decisión se centra en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la privación preventiva de libertad. Se destaca que el tribunal de control no justificó adecuadamente la existencia de elementos de convicción que sustentaran la orden de aprehensión, ni se pronunció sobre la gravedad del delito o la presunción de peligro de fuga. La Sala enfatiza la importancia de la motivación en las decisiones judiciales, señalando que la ausencia de esta puede llevar a la nulidad del fallo. Además, se resalta que el derecho a la defensa del imputado fue vulnerado por el tribunal de control al no considerar adecuadamente las circunstancias del caso.

Dispositiva

1- CON LUGAR la solicitud de avocamiento propuesta por el ciudadano abogado REINALDO ENRIQUE CARVALLO MACHADO, defensor privado del ciudadano ORESTE ALFREDO SCHIAVO LAVIERI. 2- ANULA el fallo dictado en fechas veintinueve (29) de junio de 2012, proferido por el Juzgado Décimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y todos los actos procesales posteriores a este. 3- MANTIENE vigente la decisión dictada el catorce (14) de diciembre de 2011 por el Tribunal Trigésimo Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la que se impuso al ciudadano ORESTE ALFREDO SCHIAVO LAVIERI, las medidas cautelares contenidas en los numerales 3 y 4 del artículo 256 (actual artículo 242) del Código Orgánico Procesal Penal, con todos los efectos legales consiguientes. 4- ORDENA la remisión de la presente causa a la Presidencia del del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de su distribución en un tribunal de control distinto al que conoció, para que cumpla con lo aquí ordenado y le de continuidad al caso de autos, procediendo a fijar a la brevedad del caso una nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, evitándose dilaciones en el proceso penal.

Palabras clave

derecho a la defensatutela judicial efectivamedidas cautelaresCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalincomparecenciacontumacia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca