Sentencia N° 216 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de julio de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 216, Exp. C22-171, 21/07/2022
ExpedienteC22-171
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-07-21
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación planteado.

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Guillermo Moreno Contreras, actuando como apoderado judicial de varias víctimas, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar los recursos de apelación contra el fallo que decretó el sobreseimiento definitivo de la causa. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos legales para la interposición del recurso, específicamente en cuanto a la fundamentación y la técnica exigida por el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

De tal manera que el denunciante no cumplió con la debida fundamentación de la denuncia planteada, errando en la técnica exigida para interponer el Recurso de Casación establecida en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, pues no señaló el motivo y la forma en que la Alzada incurrió en las presuntas infracciones alegadas, que hacen imposible a la Sala resolverlos por no estar delimitadas con precisión, por ello, lo procedente y ajustado a derecho es DESESTIMAR POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA la CUARTA DENUNCIA, del recurso de casación presentado por el abogado Guillermo Moreno Contreras, apoderado judicial de los ciudadanos PASQUALINA COLITTO DE MURO, MARISA MURO COLITTO, GIUSEPPE MURO COLITTO y NANCY MURO DE FLORO, víctimas en el presente proceso, por no cumplir con lo establecido en los artículos 454 en relación con el 457 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. En tal sentido y, tomando en cuenta que el discurso argumentativo propio de la motiva que debe contener toda sentencia, no puede ser otra cosa que una justificación racional y razonable de lo resuelto, se colige que una motivación exhaustiva y autosuficiente es necesaria no solo para hacer conocer al justiciable y a la colectividad las razones por las cuales se tomó la decisión (función endo procesal), sino que además sirve como antídoto o barrera de la arbitrariedad (función extra procesal). Así las cosas, en el caso bajo examen resulta apreciable, que la Corte de Apelaciones limitó su actuar a la transcripción de los argumentos decisorios vertidos en la decisión de sobreseimiento del Tribunal de primera instancia, para luego realizar afirmaciones y opiniones genéricas desprovistas de los necesarios y pertinentes argumentos en los que se explicasen y justifiquen las premisas y las conclusiones alcanzadas en el razonamiento judicial. Es imperativo señalar que el ejercicio de la función judicial requiere en todo caso, la explicitación suficiente de las razones que sirvan de respuesta adecuada a las preguntas del por qué de las aseveraciones del fallo, al menos y sobremanera en los aspectos controversiales, exigencia no cumplida en el caso de autos, toda vez que con las citas efectuadas por la instancia superior en el examen del punto objeto de apelación, no se desprende con claridad y precisión las razones determinantes del fallo.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación planteado por el abogado Guillermo Moreno Contreras, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 144.785, quien actúa como apoderado judicial de los ciudadanos PASQUALINA COLITTO DE MURO, MARISA MURO COLITTO, GIUSEPPE MURO COLITTO y NANCY MURO DE FLORO, contra la sentencia dictada en fecha 31 de marzo de 2022, por la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

Recurso de CasaciónSobreseimientoDecisión Judicial

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