Sentencia N° 216 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 216, Exp. C09-111, 14/05/2009
ExpedienteC09-111
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-05-14
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de JUAN JOSÉ ADAM RIERA, quien fue condenado por los delitos de robo agravado de vehículo automotor y falsa atestación ante funcionario público. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia de primera instancia, y la defensa alegó falta de motivación en la decisión. Sin embargo, la Sala concluyó que la apelación carecía de fundamentación adecuada y que la Corte de Apelaciones había cumplido con su deber de motivar la decisión.
Extracto de la motiva
La Defensa planteó en la apelación que la recurrida incurrió en una motivación “ilógica” en lo que respecta a la participación del acusado JUAN JOSÉ ADAM RIERA, en la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor. En tal sentido, la Sala juzga que la duda -expresada por la Defensa- respecto a la participación del ciudadano acusado en el delito antes señalado y respecto al material probatorio cursante en el expediente constituye su criterio respecto a los hechos soberanamente establecidos por el Tribunal de Juicio en atención al principio de inmediación y ello no puede debatirse en el recurso de casación. Además, la denuncia interpuesta en el recurso de apelación por ilogicidad fue resuelta por la Corte de Apelaciones y la decisión contraria a los intereses de quien recurre no constituye un motivo de Casación.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano JUAN JOSÉ ADAM RIERA, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, el 9 de diciembre de 2008. Publíquese, regístrese, notifíquese y bájese el expediente.
Palabras clave
robo agravadovehículo automotorfalsa atestacióncasación penalmotivación de sentenciaderechos del acusadoCorte de Apelaciones