Sentencia N° 214 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de mayo de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 214, Exp. C14-457, 31/05/2016
ExpedienteC14-457
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-05-31
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el Recurso de Casación interpuesto por la defensa de JUAN PABLO BELO, quien había sido condenado a 21 años de prisión por complicidad en delitos de secuestro y robo. La decisión de inadmisibilidad del recurso de apelación por parte de la Corte de Apelaciones fue considerada errónea, ya que se argumentó que el recurso fue presentado dentro del plazo legal. La Sala convocó a una audiencia pública para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala pasa a verificar los requisitos de admisibilidad del presente recurso, los cuales deben ser concurrentes, pues la ausencia de alguno de ellos conllevaría a declarar inadmisible el recurso interpuesto. Al respecto, se observa lo siguiente: En relación con la legitimidad, la Sala constata que el presente Recurso de Casación fue interpuesto por la abogada Raiza Irazábal Guzmán, Defensora Pública Primera Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, actuando como defensora del ciudadano JUAN PABLO BELO, razón por la cual está legitimada para recurrir en casación en el presente caso, conforme con lo establecido en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal. Con respecto a la tempestividad, se puede constatar en el folio ochenta (80) del expediente el cómputo suscrito por la ciudadana Adriana Gómez, Secretaria de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, en el que se lee: ‘CERTIFICO: En fecha 26 de mayo de 2014 se publicó decisión mediante la cual esta Corte de Apelaciones declaró: INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de abril de 2014, por los Abogados JUAN OVALLES y OSCAR DÍAZ, en su condición de defensores privados del ciudadano JUAN PABLO BELO, contra la sentencia definitiva...’.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Casación interpuesto por la abogada Raiza Irazábal Guzmán, Defensora Pública Primera Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, actuando como defensora del ciudadano JUAN PABLO BELO, contra la sentencia dictada, en fecha 26 de mayo de 2014, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, que declaró INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Juan Ovalles y Oscar Díaz; así mismo, se CONVOCA a la celebración de una audiencia pública ante esta Sala, de conformidad con el artículo 458 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Palabras clave
Recurso de CasaciónInadmisibilidadSecuestroRoboPenal