Sentencia N° 213 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de octubre de 2019

TSJ/SCP, Sent. N° 213, Exp. A19-149, 16/10/2019
ExpedienteA19-149
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2019-10-16
DecisiónInadmisible

Resumen

El abogado Luis Alfredo Cariel presentó una solicitud de avocamiento ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su calidad de víctima querellante. La solicitud fue inadmisible debido a que no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente los artículos 107 y 108. La Sala determinó que no se evidenciaron graves desórdenes procesales ni violaciones que justificaran el avocamiento.

Extracto de la motiva

Por lo consiguiente, considera la defensa, a su vez víctima, un vicio (…) nunca observe (sic) en el sistema juirs (sic), las notificación (sic) a mi persona y a las partes (…) LOS MIEMBROS DE LA CORTE (…) SE PRONUNCIÓ (sic) A FONDO (…) sin dar respuesta primero de su admisibilidad o no (…). Por ende (…) decidí consignar manuscrito (…) en fecha 17 de octubre del año 2018 (…) DANDO ME (sic) POR NOTIFICADO (…)”.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado LUIS ALFREDO CARIEL actuando en su condición de víctima querellante, de la causa contenida en el expediente distinguido con el alfanumérico “(…) GP-01-2017-39382 (…) cursante ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado bolivariano de Carabobo (…)”.

Palabras clave

apelaciónquerellasatisfacción jurídicasilencio administrativoavocamientoderechos procesales

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