Sentencia N° 212 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de abril de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 212, Exp. C14-441, 17/04/2015
ExpedienteC14-441
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-04-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de JULIO CÉSAR VELOZ COBOS, quien había sido condenado a 20 años de prisión por el delito de secuestro breve. La defensa alegó errónea aplicación de la ley y falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, pero la Sala consideró que no se cumplían los requisitos técnicos para la admisión del recurso. Se concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones fue adecuada y que no se demostraron los vicios denunciados.
Extracto de la motiva
En virtud de ello, el lucro consiste en la obtención del dinero, las cosas, títulos o documentos, para lo cual se requiere la exigencia del precio por la libertad y no por el atentado del mismo, precisamente tal circunstancia permite la distinción con el delito de privación ilegitima de libertad con fines de lucro, en cuyo acto delictual se pretende comerciar con la libertad del sujeto pasivo de la relación jurídico penal. De lo previamente señalado, se desprende que en el caso en concreto de un modo indudable, que en el caso in comento no se produjo el secuestro propiamente, toda vez que no medió una solicitud de prestación económica en orden de movilizarse (sic) la libertad de la presunta víctima, con lo cual sólo genera la ocurrencia del delito de Privación Ilegítima de Libertad. … En consecuencia debe declararse Con Lugar la denuncia por las siguientes razones: Que el hecho que se atribuye a mi defendido no puede subsumirse en el tipo penal de Secuestro Breve, es decir, no reúne las condiciones de tipicidad que se requiere penalmente para que la conducta sea constitutiva del delito. Como bien se conoce en la doctrina penal: el tipo de injusto tiene tanto una vertiente objetiva (tipo objetivo) como otra subjetiva (tipo subjetivo); en la primera están todos los elementos de naturaleza objetiva que caracterizan el supuesto de hecho de la norma penal (cuando se derive su existencia) esto es, descripción típica de la norma figurado en el artículo de la ley (sic); y en la versión subjetiva el contenido de la voluntad que rige la acción o la conducta (fin, selección de medios y efectos concomitantes). …
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto por la representación de la Defensa del ciudadano JULIO CÉSAR VELOZ COBOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
secuestroprivación de libertadderecho penalaplicación de la leyrecursosjusticiatribunales