Sentencia N° 211 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de abril de 2026

TSJ/SCP, Sent. N° 211, Exp. E26-239, 10/04/2026
ExpedienteE26-239
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2026-04-10
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de extradición activa del joven adulto J.A.T.V, quien fue sancionado por el delito de violencia física. La decisión se basa en que la sanción impuesta no cumple con el requisito de privación de libertad mínima de un año, establecido en el Tratado de Extradición entre Venezuela y Chile. La Sala también ordena remitir copias certificadas de la decisión al Poder Ejecutivo Nacional y archivar el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el numeral 9, del artículo 266, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, numeral 1, del artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en los artículos 382 al 385 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la procedencia o no de la solicitud de Extradición Activa del joven adulto J.A.T.V (Identidad omitida de acuerdo con los artículos 65 y 545, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, como lo señalan las siguientes consideraciones de Ley. El Código Orgánico Procesal Penal, publicado en Gaceta Oficial N° 6.644 Extraordinario del 17 de septiembre de 2021, en su Libro Tercero, “De los Procedimientos Especiales”, Título VI, artículo 382, establece que “El Procedimiento de Extradición”, se rige por las normas de dicho Título, así como, por los Tratados, Convenios y Acuerdos internacionales suscritos por la República; y el artículo 38

Dispositiva

PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE la solicitud de EXTRADICIÓN ACTIVA del joven adulto J.A.T.V. SEGUNDO: ORDENA remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copias certificadas de la presente decisión. TERCERO: ORDENA el ARCHIVO DEL EXPEDIENTE contentivo de la presente solicitud de extradición.

Palabras clave

extradiciónviolencia físicajoven adulto

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