Sentencia N° 211 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de octubre de 2019

TSJ/SCP, Sent. N° 211, Exp. C19-148, 16/10/2019
ExpedienteC19-148
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2019-10-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Héctor Johnny Duarte Pineda, defensor privado de un adolescente, contra la decisión de la Sala Accidental Núm. 5 de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes. La decisión recurrida había declarado inadmisible un recurso de apelación contra una sentencia anterior que había declarado 'sin lugar' una solicitud de control judicial.

Extracto de la motiva

MOTIVADO A GRAVE INFRACCION (sic) JUDICIAL, TANTO DE HECHO COMO DE DERECHO INTERPONIENDO LA CASACION (sic) CONTRA DE LA DECISIÓN JUDICIAL DEL DÍA TRES (03 (sic)) DE JUNIO DEL AÑO 2.019 EMITIDA POR EL TRIBUNAL SALA AD-QUEM (sic) QUINTA ACCIDENTAL SUPERIOR LOPNNA (sic) AMC (sic); INTERPONIENDO UN RECURSO DE CASACIÓN TIPO: 19, 26, 49/1 (sic) Y 334 CONSTITUCIONAL (sic); Y ART (sic) 613 (sic) Y 667 LOPNNA (sic); donde la casación se acciona, porque la primera decisión del Tribunal Ad-Quo fue emitida dentro de cualidades y competencia del Tribunal para decidir, y se decidió erradamente, por lo que fue apelada judicialmente por violar Principios (sic), Objetivos (sic) e intereses superiores supremos de la justicia justa: así como también por vulnerar y violar derechos y garantías constitucionales del judicializado; donde la segunda decisión judicial Ad-Quem (sic); fue emitida en forma errada dentro de una infracción de hecho y de derecho cuando declaró inadmisible [la] apelación interpuesta el día 08 (sic) de octubre del año 2.018; DONDE LA PRIMERA ALZADA ACCIONADA EN CONTRA DE LA DECISIÓN DEL JUZGADO (AD-QUO (sic)) TERCERO LOPNNA DE JUICIO AMC (sic) FUE CORRECTA

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado Héctor Johnny Duarte Pineda, en su carácter de defensor privado del adolescente cuya identidad se omite, contra la decisión dictada el 3 de junio de 2019, por la Sala Accidental Núm. 5 de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes.

Palabras clave

casaciónpruebasderechosjusticiaLopnnafiscalíadelito

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