Sentencia N° 211 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de abril de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 211, Exp. C14-353, 17/04/2015
ExpedienteC14-353
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-04-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Julio Cáceres Gamboa en representación de ALONSO VARELA, quien había sido condenado a 28 años y 9 meses de prisión por su participación en un homicidio. La Sala consideró que las denuncias planteadas por la defensa eran infundadas, ya que no se demostraron violaciones a la ley en el proceso judicial anterior. La decisión reafirma la competencia del Tribunal Supremo para conocer de recursos de casación en materia penal y la validez de las pruebas presentadas en el juicio original.

Extracto de la motiva

El Recurso de Casación es un medio de impugnación de carácter extraordinario, regido por disposiciones legales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, que exige para su interposición y admisibilidad una serie de requisitos legales de obligatorio cumplimiento. En efecto, el Libro Cuarto, “De los Recursos”, Título I, del Código Orgánico Procesal Penal, establece en sus artículos 423 y 424, las disposiciones generales que rigen la interposición de todo recurso. Así pues, el artículo 423 consagra el principio de impugnabilidad objetiva, el cual dispone que las decisiones judiciales solo serán recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos. Por su parte, el artículo 424 señala que contra las decisiones judiciales podrán recurrir las partes a quienes la Ley les reconozca expresamente ese derecho.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADAS las dos denuncias planteadas en el Recurso de Casación interpuesto por el abogado Julio Cáceres Gamboa, Defensor Público Sexto con competencia en materia de Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de Defensa Pública Penal del estado Mérida, a favor del ciudadano ALONSO VARELA, contra la sentencia dictada el 2 de junio de 2014, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, con sede en Mérida, la cual DECLARÓ SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la misma defensa, contra la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, el 6 de noviembre de 2013 y publicada en extenso el 18 de diciembre de 2013.

Palabras clave

HomicidioCasaciónPenalMérida

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