Sentencia N° 21 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 021, Exp. C22-364, 17/02/2023
ExpedienteC22-364
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-02-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Fulgencio Quintero, en representación de las víctimas, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisibles los recursos de apelación por extemporáneos. La decisión se basa en que la sentencia impugnada no cumple con los requisitos de recurribilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, dado que la pena máxima no excede los cuatro años de prisión.

Extracto de la motiva

En nuestro proceso penal, la materia recursiva se encuentra regida por las disposiciones contenidas en los artículos 423 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, que consagran el principio de la impugnabilidad objetiva, la legitimación para recurrir y las condiciones generales para la interposición del respectivo recurso. De forma particular, el recurso de casación está regulado en los artículos 451 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Específicamente, en cuanto a los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, el referido Código Orgánico Procesal Penal dispone taxativamente cuáles son las decisiones recurribles en casación, los motivos que lo hacen procedente, y el procedimiento que debe seguirse para su interposición, como las exigencias indispensables para su presentación (Cfr. artículos 451, 452 y 454). De las disposiciones legales precedentemente citadas se observa, que para que esta Sala de Casación Penal entre a conocer de un recurso de casación, se requiere el cumplimiento de diversos requisitos, a saber: a) que la persona que lo ejerza esté debidamente legitimada por la ley; b) que sea interpuesto dentro del lapso legal establecido para ello; c) que la decisión que se recurre sea impugnable en casación por expresa disposición de la ley; y, d) que el recurso esté debidamente fundamentado conforme con los requerimientos legales. De ello que, con el fin de resolver sobre el recurso de casación interpuesto, la Sala procede a verificar el cumplimiento de los requisitos señalados en la norma, debiendo acotar que ante la inexistencia de uno solo de ellos, será declarada la inadmisibilidad correspondiente, sin necesidad de análisis respecto a las restantes exigencias legales.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación ejercido por el ciudadano abogado FULGENCIO QUINTERO en su carácter de apoderado judicial de las víctimas ciudadanos FLORENCIO OROPEZA ADRIÁN y ARGENIS RAFAEL OROPEZA TOVAR, contra la decisión dictada el 21 de septiembre de 2022, por la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de estado La Guaira.

Palabras clave

recurso de casaciónproceso penallegitimacióninadmisibilidadCódigo Orgánico Procesal Penal

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