Sentencia N° 21 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de enero de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 021, Exp. C10-297, 27/01/2011
ExpedienteC10-297
PonenteELADIO RAMÓN APONTE APONTE
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-01-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Gustavo Azócar Alcalá, quien había sido condenado por el delito de lucro ilegal en actos de la administración pública. La defensa presentó un recurso de casación argumentando violaciones a la ley y falta de motivación en la sentencia. La Sala de Casación Penal del TSJ, tras analizar los argumentos, determinó que los recurrentes no cumplieron con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la admisión del recurso, desestimando así la denuncia por infundada.

Extracto de la motiva

La Sala ha decidido con reiteración, que el recurso de casación sólo podrá ser interpuesto contra los fallos dictados por las Cortes de Apelaciones y respecto a la valoración de las pruebas formadas en el juicio oral, no son censurables por los jueces de la Corte de Apelaciones ni por la Sala de Casación Penal, pues de acuerdo a los principios de oralidad, inmediación y contradicción, esta facultad es exclusiva de los Jueces de Juicio. En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, lo procedente y ajustado a Derecho es desestimar esta denuncia por manifiestamente infundada.

Dispositiva

En virtud de todo lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA DESESTIMADO el recurso de casación incoado por los ciudadanos abogados Pedro Antonio Rey García y María de los Ángeles González Villacreces, defensores privados del ciudadano Gustavo Azócar Alcalá. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

casacióndelitolucro ilegaladministración pública

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