Sentencia N° 208 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de mayo de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 208, Exp. C06-0506, 09/05/2007
ExpedienteC06-0506
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-05-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar la tercera denuncia del recurso de casación interpuesto por el defensor de MÁXIMO GARCÍA ROMERO, quien fue condenado por homicidio culposo y lesiones culposas. La Corte de Apelaciones había aumentado la pena impuesta, lo que motivó la apelación. La Sala concluye que la aplicación del artículo 422 del Código Penal fue indebida, ya que se trataba de un solo hecho que resultó en múltiples delitos, lo que llevó a la modificación de la pena a tres años de prisión para el acusado.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir observa: En la presente denuncia, alega el recurrente que la Corte de Apelaciones, tenía la obligación de imponerle a su defendido la pena de multa, establecida en el artículo 422 ordinal 2º del Código Penal vigente para el momento de los hechos, con base al principio consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual señala la aplicación de la ley más favorable al imputado, pues en su concepto ésta era la que más le favorecía. En síntesis, el recurrente denuncia la indebida aplicación del artículo 422 ordinal 2º, del Código Penal derogado, que establece textualmente: “El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, a alguna perturbación en las facultades intelectuales será castigado: … 2º.- Con prisión de uno a doce meses o multa de ciento cincuenta a mil quinientos bolívares, en los casos de los artículos 416 y 417…”. De las actuaciones que componen la presente causa, quedó establecido plenamente que el ciudadano MÁXIMO GARCÍA ROMERO actuó de manera culposa, ocasionando la muerte de los ciudadanos Anderson Gonzalo García Guerrero y Fernando Alberto García Buitrago, las lesiones gravísimas de los ciudadanos Orlando Argenis García Hernández, Yenfry Evelin Sánchez Carvajal y Ángel Manuel Pabón Sánchez, así como, las lesiones graves del ciudadano Fernando Alberto García Angulo. Estos hechos fueron calificados jurídicamente, por el Juzgado de Primera Instancia y por la Corte de Apelaciones, como HOMICIDIO CULPOSO, LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS y LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificados en los artículos 411 y 422 ordinal 2º, respectivamente, del Código Penal hoy derogado.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) DECLARA CON LUGAR la tercera denuncia del recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado MÁXIMO GARCÍA ROMERO; 2) CONDENA al mencionado ciudadano a la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, y a las accesorias legales correspondientes, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, tipificado en el artículo 411 segundo aparte, del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de los ciudadanos Anderson Gonzalo García Guerrero, Fernando Alberto García Buitrago (occisos), Orlando Argenis García Hernández, Yenfry Evelin Sánchez Carvajal, Ángel Manuel Pabón Sánchez y Fernando Alberto García Angulo (lesionados); 3) MODIFICA, en los términos antes expuestos, la sentencia dictada el 30 de marzo de 2006, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira y la decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia, en función de Juicio del referido Circuito Judicial Penal, del 1º de noviembre de 2005.

Palabras clave

homicidio culposolesiones culposasaccidente de tránsitoculpa graveCódigo Penalrecurso de casaciónpena de prisión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca