Sentencia N° 207 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de abril de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 207, Exp. E25-335, 10/04/2026
ExpedienteE25-335
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2026-04-10
DecisiónSe ORDENA el ARCHIVO del expediente contentivo de la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEDINA LADERA.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió archivar el expediente de solicitud de extradición pasiva del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEDINA LADERA, requerido por la República de Chile por el delito de femicidio. Se constató que no se presentó la solicitud formal de extradición ni la documentación judicial necesaria para su tramitación. La falta de dicha documentación conlleva a la inmediata libertad del aprehendido.
Extracto de la motiva
En mérito de lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO (04°) DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Vista la solicitud del Ministerio Público sobre el procedimiento de Extradición Pasiva, en relación al JOSÉ ALEJANDRO MEDINA LADERA, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Valencia, estado Carabobo, Titular de la Cédula de Identidad N°: V-14.464.312, Fecha de Nacimiento: 16/02/1976, Edad: 49 Años, estado civil: Soltero, Profesión u Oficio: Albañil, Residenciado En: URBANIZACION PARAPARAL, SECTOR TACARIGUA 5, CERCA DE LA PARADA MALAVAR, TORRE B, PISO 3, APARTAMENTO 3-B, PARROQUIA Y MUNICIPIO LOS GUAYOS, ESTADO CARABOBO, se ORDENA la remisión de las actuaciones a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 386 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide…
Dispositiva
PRIMERO: ACUERDA colocar a disposición del Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, al ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEDINA LADERA, titular de la cédula de identidad número V-14.464.312, con la finalidad que continué con el proceso penal seguido en contra del referido ciudadano, en la causa signada con el alfanumérico “CIM-2025-000951”, llevada ante ese Despacho por la presunta comisión del delito de “TRÁFICO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el Artículo 124 de la Para el Desarme y Control de Armas y Municiones”. SEGUNDO: Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEDINA LADERA, titular de la cédula de identidad número V-14.464.312. TERCERO Se ORDENA el ARCHIVO del expediente contentivo de la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEDINA LADERA, titular de la cédula de identidad número V-14.464.312.