Sentencia N° 207 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 207, Exp. C09-95, 14/05/2009
ExpedienteC09-95
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-05-14
DecisiónDESESTIMADO POR INADMISIBLE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Miguel Enrique Otero Castillo, quien impugnó una decisión que condenó al pago de costas procesales. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que las decisiones sobre costas no son objeto de recurso de casación. Además, se destacó que el recurrente incurrió en error al intentar combinar diferentes tipos de recursos en un solo escrito.
Extracto de la motiva
La Sala ha establecido de manera reiterada que al momento de recurrir contra una decisión cuyo dispositivo se refiera al pago de costas procesales, la misma no corresponde con la naturaleza de las decisiones recurribles en casación, tal como lo prevé el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, cuando dispone que el Recurso de Casación sólo podrá ser interpuesto contra las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas. Asimismo serán impugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aun cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara DESESTIMADO POR INADMISIBLE, el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado Juan Cancio Graterón Nicolai, apoderado judicial del ciudadano Miguel Enrique Otero. Así se declara.
Palabras clave
recurso de casacióncostas procesalesdifamacióninjuriaCódigo Orgánico Procesal Penalsobreseimientointerpretaciónjusticia