Sentencia N° 206 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de abril de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 206, Exp. C24-131, 25/04/2024
ExpedienteC24-131
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-04-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Provisoria en contra de la decisión de la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones, que había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria del Tribunal Vigésimo Octavo. La sentencia condenó a los ciudadanos a cumplir una pena de diecisiete años de prisión por tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas de mayor cuantía y agavillamiento. La Sala concluyó que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

motivado a esto se trasladaron ante la dirección antes mencionada para realizar labores de inteligencia operativa, es IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 36 cuando el oficial LANDAETA ADRIAN, procede a seguido logran observar a escasos metros a dos (02) Ciudadanos para dejar transparencia del procedimiento, acto seguido logran observar a escasos metros a (02) ciudadanos con las características descritas por los denunciantes anónimos, los mismos estaban en el callejón intentando ocultar un objeto material, presunta evidencia de interés criminalística, al notar la presencia de los funcionarios policiales emprenden veloz huida logrando ingresar a una vivienda, los funcionarios le dan voz de alta y le piden la colaboración de que salieran de dicha vivienda, los mismos haciendo caso omiso y proliferando palabras obscenas hacia los funcionarios, la comisión policial logro ingresar a la vivienda en compañía dos testigos, avistando que en la misma se encuentra una ciudadana, por lo cual posteriormente el OFICIAL AGREGADO CABEZA JHOSELYN, procede a realizarle la inspección corporal quedando identificada como: ROMERO BOLIVAR EHIBIRGENALLI, titular de la cedula de identidad N°V-30.356.479 (indocumentada) a la cual se le (sic) dos (02) teléfonos celulares procedió a registrar la sala de la morada, donde se encontraba una cocina color blanco, logrando colectar en la parte Interior del homo (01) ENVOLTORIO DE REGULAR TAMAÑO, DE COLOR BEIGE, CON PRESUNTA SUSTANCIA LICITA, cronológicamente se logró visualizar a los dos ciudadanos de sexo masculino que emprendieron veloz huida, dentro del interior del cuarto de la vivienda por lo cual se le dio la voz de alto y se procedió a solicitarle sus documentos de identidad y realizarle la inspección corporal, quedando identificados como 1).- CEREZO GRACIA OSWALDO cedula de identidad N°V- 12.374.786, al cual se le incautó un (01) teléfono celular color negro y 02).- PÉREZ VILERA IVERSON JOSÉ titular de la cédula d

Dispositiva

Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Provisoria con competencia en materia Penal Ordinario, en contra de la decisión dictada por la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que en fecha 10 de enero de 2024, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la mencionada defensora pública.

Palabras clave

casaciónpenaltráfico ilícitosustancias estupefacientesagavillamiento

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