Sentencia N° 206 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de octubre de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 206, Exp. CC19-182, 16/10/2019
ExpedienteCC19-182
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2019-10-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia de no conocer entre dos tribunales de primera instancia en el estado Falcón, relacionados con el caso de Carlos Jesús Flores Yoris, condenado por homicidio calificado. La Sala determinó que el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución era el competente para conocer del caso, dado que los hechos no estaban relacionados con violencia de género, y por lo tanto, no aplicaba el fuero de atracción establecido en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Ahora bien, visto el conflicto de competencia surgido entre el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Coro y el Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Falcón, cuya sede también es Coro, resulta ineluctable para esta Sala verificar los hechos que se plasman en algunas actuaciones procesales, con la finalidad de establecer a cuál de los tribunales en conflicto corresponde conocer de la ejecución de la pena. Aunado a lo anterior es menester en el presente caso, traer a colación el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece: “…El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas…”;…4…Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida
Dispositiva
Se declara competente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Coro, para asegurar el control y vigilancia del cumplimiento de la pena que le ha sido impuesta al penado CARLOS JESÚS FLORES YORIS, por la comisión del delito de Homicidio Calificado tipificado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal.
Palabras clave
conflicto de competenciahomicidio calificadoviolencia de género