Sentencia N° 206 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 206, Exp. C08-522, 14/05/2009
ExpedienteC08-522
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-05-14
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado defensor de Pedro Celestino Pérez, argumentando que la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisibles los recursos de apelación no puede ser revisada en casación. Se señala que el recurso no cumple con los requisitos exigidos y que la decisión del Tribunal de Control no es susceptible de revisión por esta vía. Además, se menciona que el hecho objeto de la investigación no se realizó, dado que el imputado tenía una medida privativa de libertad vigente.

Extracto de la motiva

La presente denuncia no cumple con los requisitos exigidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, para la interposición del recurso de casación. En efecto, el recurrente se limitó en señalar que la Corte de Apelaciones decretó la inadmisibilidad de los recursos de apelación propuestos por las ciudadanas Subdelia del Valle Pérez y Jeannette Monsalve Ruiz, por carecer ambas de legitimidad para ejercer algún recurso, situación esta, que según el impugnante, ya fue subsanada, cuando expresó: '…ESTA CARENCIA DE LEGITIMIDAD ESTA TOTAL Y CABALMENTE SUBSANADA YA QUE CURSA EN AUTOS, INSTRUMENTO PODER OTORGADO EN FECHA 21-10-2008, POR ANTE LA NOTARIA PÚBLICA PRIMERA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL…'. Sin embargo, la Sala observa que, de la fundamentación del recurso, lo que ataca el recurrente, es la decisión emitido por el Juzgado Vigésimo Primero de Control, que decretó el sobreseimiento de la causa, por lo que en su criterio, dicha sentencia se encuentra inmotivada, y que además, el referido Tribunal, no convocó a su defendido para oírlo antes de decretar el sobreseimiento de la causa, infringiendo de esta forma por 'errónea aplicación', el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el defensor privado del ciudadano PEDRO CELESTINO PÉREZ. Publíquese, regístrese, y remítase el expediente.

Palabras clave

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